sábado, septiembre 01, 2012

El día del Juicio Final para la zona del euro

Por Hans-Werner Sinn, Professor of Economics at the University of Munich and President of the Ifo Institute for Economic Research. Traducido al español por Leopoldo Gurman (Project Syndicate, 27/08/2012).
Europa y el mundo entero esperan ansiosamente la decisión que el Tribunal Constitucional de Alemania dará a conocer el 12 de septiembre sobre el Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE), la propuesta para reemplazar en forma permanente al Mecanismo Europeo de Estabilidad Financiera (MEEF), actual prestamista de emergencia de la eurozona. La corte debe pronunciarse respecto de los reclamos alemanes que afirman que la legislación para establecer al MEDE infringe la Grundegesetz (Ley Fundamental) alemana. Si la corte se pronuncia en favor de los demandantes, exigirá al presidente alemán que no firme el tratado del MEDE, que ya ha sido ratificado por el Bundestag (parlamento) alemán.
Todos los involucrados están muy preocupados sobre la decisión pendiente. A los inversores les preocupa que el Tribunal se oponga al MEDE y eso los obligue a hacerse cargo de las pérdidas por sus malas inversiones. Los contribuyentes y pensionados en los países europeos que aún cuentan con economías sólidas están preocupados porque el Tribunal pueda allanar el camino a la socialización de la deuda de la eurozona, endilgándoles las pérdidas de esos mismos inversores.
Los demandantes representan al espectro político completo, incluida La Izquierda, a Peter Gauweiler, parlamentario por la Unión Social Cristiana, y a la ministro de justicia durante el pasado gobierno socialdemócrata del Canciller Gerhard Schröder, Herta Däubler-Gmelin, quien ha reunido decenas de miles de firmas en apoyo de su moción. También hay un grupo de profesores jubilados de economía y derecho, y otro de ciudadanos «comunes», cuyas demandas individuales han sido seleccionadas como ejemplos por la corte.
Los demandantes han postulado numerosas objeciones al MEDE. En primer lugar, reclaman que incumple la cláusula de «no rescate» del Tratado de Maastricht (Artículo 125). Alemania aceptó abandonar el marco con la condición de que la nueva zona monetaria no conduciría a la socialización directa o indirecta de la deuda de sus miembros, limitando de esa manera cualquier ayuda financiera con fondos de la UE para países al borde de la bancarrota. De hecho, la nueva moneda fue concebida como una unidad de cuenta para el intercambio económico, sin implicación alguna sobre la riqueza.
Los demandantes sostienen que, en el caso de Grecia, para incumplir el Artículo 125 eran necesarias pruebas que demostrasen que su insolvencia implicaría un riesgo mayor que el previsto cuando se diseñó el Tratado de Maastricht. Sin embargo, ninguna prueba de ese tipo fue presentada.
En segundo lugar, la ley alemana sobre la introducción del MEDE obliga al representante alemán en el Consejo del MEDE a votar solo después de haber solicitado una decisión al Bundestag. Según los demandantes, esto no es aceptable según el derecho internacional. Si Alemania hubiese deseado limitar la autoridad de representante en este modo, tendría que haber informado a los demás estados participantes antes hacerlo. Por otro lado, el representante alemán del Consejo de Gobierno debe realizar un juramento que lo obliga a mantener el secreto. Esto, según argumentan los demandantes, impide cualquier tipo de responsabilización ante el Bundestag.
Más aún, los demandantes reclaman que, si bien el tratado del MEDE es restrictivo respecto de los recursos que otorga a los estados individuales, para lo que requiere una mayoría cualificada, no especifica las condiciones según las cuales las pérdidas son aceptables. Las pérdidas pueden ser resultado de salarios excesivos pagados por el Consejo de Gobierno del MEDE a sus propios miembros, de la falta de energía en los esfuerzos para cobrar deudas a países que han recibido créditos, o de otros problemas de mala administración. Y debido a que los miembros del Consejo de Gobierno y la Junta Ejecutiva disfrutan de inmunidad frente a acciones legales penales, la mala conducta no puede ser castigada.
Si surgen pérdidas, deben cubrirse con la contribución inicial en efectivo de €80 millardos ($100 millardos), que sería entonces suplementada automáticamente por todos los países participantes de acuerdo con sus participaciones en el capital. Si hay países incapaces de efectuar las contribuciones necesarias, otros deben cubrirlos. En principio, es posible que un único país tenga que asumir la carga total de las pérdidas. Esa responsabilidad solidaria, según los demandantes, contradice los dictámenes previos del Tribunal, que negaron a Alemania la posibilidad de contraer compromisos financieros derivados del comportamiento de otros estados.
Incluso peor, según los demandantes, si bien la responsabilidad de cualquiera de los países con respecto a la de sus socios externos se limita a la participación de capital de ese país, esta limitación no es aplicable a otros estados firmantes. Es teóricamente posible que un único país sea responsabilizado por la exposición total del MEDE, de €700 millardos.
Finalmente, el MEDE no puede considerarse por sí solo, sino que debe ser visto en el contexto del monto total de exposición, que incluye €1,4 billones en fondos de rescate que ya han sido otorgados. En especial, el crédito Target2 tomado por los bancos centrales de los países afectados por la crisis, que ya casi llega a €1 billón, también debería ser tenido en cuenta.
Nadie sabe cómo responderá el Tribunal Constitucional a estas objeciones. La mayoría de los observadores cree que es poco probable que se oponga al tratado del MEDE, aunque muchos esperan que los jueces exijan ciertas enmiendas, o soliciten al Presidente alemán que vincule su firma a ciertas cualificaciones.
Es bueno que las decisiones del Tribunal no puedan predecirse, e incluso mejor que no haya posibilidad de cabildear o presentar peticiones a ese organismo. La Unión Europea solo puede basarse en el imperio de la ley. Si quienes detentan el poder pueden romper sus reglas y generar excepciones, la UE nunca se desarrollará como una construcción estable, requisito para la paz y la prosperidad.
Fuente: Bitácora Almendrón. Tribuna Libre © Miguel Moliné Escalona

No hay comentarios.: