Por Nicole Muchnik, periodista y pintora (EL PAÍS, 04/07/08):
Cuenta Avraham Burg, ex presidente de la Knesset, el Parlamento israelí: “Mi padre enseñaba el Talmud con la kipá. Pero, cuando enseñaba historia, se la quitaba. Con ello señalaba la separación física entre lo sagrado y lo laico”. Hay muchas definiciones de la laicidad, pero ésta es tan buena como cualquiera. Lo cual no permite deducir que Israel sea un modelo de democracia laica.
Considerando Europa desde el punto de vista histórico, hay que reconocer que el hecho religioso forma parte de los cimientos de nuestras sociedades. Con una salvedad, aunque importante: en estos cimientos no están sólo las creencias cristianas, sino también la judía y la musulmana, aunque en menor medida.
Siendo así, es incontestable que todas las conquistas de la modernidad democrática se han logrado contra las iglesias y no con ni gracias a ellas: el principio democrático contra la autoridad de derecho divino; la libertad de pensar y de debatir contra el dogma; la igualdad de sexos contra la ley de todas las iglesias y los usos y costumbres que de ello derivaron; el desarrollo de la ciencia y el estudio de la naturaleza, en particular de la medicina, contra los tabúes religiosos hostiles a toda experimentación; la tolerancia general contra la intolerancia hacia otros cultos o hacia diferencias dentro del mismo culto, por no hablar de las convicciones agnósticas o ateas.
Hoy día, todas las leyes de carácter liberalizador e igualitario, como las que regulan los derechos a la contracepción, al aborto y al matrimonio entre individuos que consienten libremente, así como el derecho a una muerte digna, se han logrado o se logran en reñida lucha contra todas las iglesias. Es lícito concluir que una buena enseñanza de las religiones sería sin duda útil a la causa de la libertad de conciencia, una libertad que, curiosamente, aún hoy es necesario defender con la máxima vigilancia.
Es un hecho, por otra parte, que las democracias europeas son cada vez más multirreligiosas. Ningún Estado europeo puede referirse a una sola religión común como argamasa social. Al contrario, las sociedades democráticas modernas sólo pueden organizarse en base a valores universales nacidos de la ética, como la justicia, la igualdad y la libertad de conciencia. Este conjunto de valores lleva directamente a la autonomía de la esfera política y social de la esfera religiosa, en la cual lo sobrenatural y la fe cierran todo posible debate. En cambio, la democracia pretende dar a cada uno la posibilidad de dar libremente un sentido a su propia vida.
La condición mínima para que una sociedad sea democrática es el reconocimiento de la libertad de expresión y el respeto a las opiniones ajenas. ¿Gozan de esta libertad los ateos en España? Recientemente, mientras el alcalde de Toledo -ciudad de un Estado aconfesional según la Constitución- consagraba el Ayuntamiento de la ciudad a la defensa del dogma de la Inmaculada Concepción de la Virgen, un encuentro de Ateos Españoles era considerado como “una mancha” para el buen nombre de esa ciudad.
Para tomar como ejemplo el caso francés, el primer artículo de su Constitución define el Estado como una república indivisible, laica, democrática y social. Y, según una ley de 1905, “la república asegura la libertad de conciencia y garantiza el libre ejercicio de los cultos”, al tiempo que “no reconoce, ni paga ni subvenciona culto alguno”. Lo que significa que la religión es una institución que goza de plena libertad en cuanto a su funcionamiento interno. Sus principios, creencias y leyes jamás serán combatidos, pero la libertad de conciencia, tal como la libertad de culto, forma parte de las libertades públicas garantizadas por el Estado. De ello nace la institución del Estado civil. En realidad siempre se ha considerado implícitamente que la laicidad es la garantía de los derechos humanos o, por lo menos, que es el marco legislativo neutro más propicio para la aplicación de estos derechos.
España alberga hoy una multitud de confesiones o convicciones diferentes, entre las cuales la protestante y la musulmana reúnen ya tres millones de personas, a las que habría que añadir budistas, judíos, no creyentes y ateos. Dicho sea de paso, el ateísmo está considerado aquí más bien como “ausencia de convicción”.
La Constitución de 1978 (10.2) se refiere explícitamente a la Declaración Universal de los Derechos Humanos en todos sus extremos y, en particular, a la referencia a la Declaración de 1948 sobre la libertad de conciencia que vale la pena citar: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”. En 1981, Naciones Unidas juzgó oportuno volver al asunto: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión”. ¿Puede progresarse hacia el respeto de estos valores sin la laicidad?
La Constitución española es aconfesional y ofrece un espacio neutro para todos. Entonces, ¿dónde está el problema?, ¿cuál es la excepción española comparada con la mayor parte de las democracias laicas occidentales? Es la financiación, no generosa sino pródiga, de la Iglesia católica por el Estado, entre exenciones fiscales, ayudas económicas y subvenciones a los centros escolares concertados. Es el que toda alusión a la laicidad sea considerada blasfema.
El problema -la excepción- es también el que las altas autoridades de la Iglesia católica se pronuncien políticamente sobre las decisiones gubernamentales y den consignas de voto. Es el que los obispos bajen a la calle para manifestarse políticamente contra un Gobierno elegido democráticamente por la mayoría de los ciudadanos. Es el que escuelas construidas para ser públicas se conviertan por arte de magia en escuelas privadas o concertadas. Es el que los presidentes de Gobierno y los ministros de este Estado aconfesional juren o prometan el acatamiento a la Constitución ante la Biblia y un crucifijo.
Y también es el que la Conferencia Episcopal financie -¿con el dinero del Estado?- y apruebe los planteamientos casi golpistas de una radio nacional, portavoz de una ultraderecha que cabalga alegremente sobre el lema de que España se rompe, y practica una estrategia de la tensión en lugar de lo que debería ser el papel de una iglesia: ayudar al consenso.
Y así, cuando la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, anuncia la intención gubernamental de revisar la Ley de Libertad Religiosa durante la actual legislatura, la reacción de ciertos comentaristas especializados en la deformación y el insulto en una radio que en Gran Bretaña “llevarían a los tribunales y tendría difícil defensa”, según Paul Preston, sea la de deducir, sin vergüenza, que “excluir las convicciones religiosas del ámbito público es como mutilar la condición humana“.
Tranquilos, no es para tanto. Por una parte, uno puede preguntarse con qué derecho las iglesias -en este caso, la católica- se erigen en los únicos defensores de la condición humana. Y, por otra parte, no parece que la condición humana haya sufrido mucho históricamente al pasar de la ciega obediencia a los d
iktats, abusivamente cambiantes, de la denominada “ley de Dios”, al libre ejercicio de la conciencia.
En todo caso, no es respetando lo que también podría llamarse “costumbres” como una sociedad democrática puede hacer frente con pleno derecho a los fundamentalismos de todo signo que constituyen uno de los problemas importantes de nuestro tiempo.
Cuenta Avraham Burg, ex presidente de la Knesset, el Parlamento israelí: “Mi padre enseñaba el Talmud con la kipá. Pero, cuando enseñaba historia, se la quitaba. Con ello señalaba la separación física entre lo sagrado y lo laico”. Hay muchas definiciones de la laicidad, pero ésta es tan buena como cualquiera. Lo cual no permite deducir que Israel sea un modelo de democracia laica.
Considerando Europa desde el punto de vista histórico, hay que reconocer que el hecho religioso forma parte de los cimientos de nuestras sociedades. Con una salvedad, aunque importante: en estos cimientos no están sólo las creencias cristianas, sino también la judía y la musulmana, aunque en menor medida.
Siendo así, es incontestable que todas las conquistas de la modernidad democrática se han logrado contra las iglesias y no con ni gracias a ellas: el principio democrático contra la autoridad de derecho divino; la libertad de pensar y de debatir contra el dogma; la igualdad de sexos contra la ley de todas las iglesias y los usos y costumbres que de ello derivaron; el desarrollo de la ciencia y el estudio de la naturaleza, en particular de la medicina, contra los tabúes religiosos hostiles a toda experimentación; la tolerancia general contra la intolerancia hacia otros cultos o hacia diferencias dentro del mismo culto, por no hablar de las convicciones agnósticas o ateas.
Hoy día, todas las leyes de carácter liberalizador e igualitario, como las que regulan los derechos a la contracepción, al aborto y al matrimonio entre individuos que consienten libremente, así como el derecho a una muerte digna, se han logrado o se logran en reñida lucha contra todas las iglesias. Es lícito concluir que una buena enseñanza de las religiones sería sin duda útil a la causa de la libertad de conciencia, una libertad que, curiosamente, aún hoy es necesario defender con la máxima vigilancia.
Es un hecho, por otra parte, que las democracias europeas son cada vez más multirreligiosas. Ningún Estado europeo puede referirse a una sola religión común como argamasa social. Al contrario, las sociedades democráticas modernas sólo pueden organizarse en base a valores universales nacidos de la ética, como la justicia, la igualdad y la libertad de conciencia. Este conjunto de valores lleva directamente a la autonomía de la esfera política y social de la esfera religiosa, en la cual lo sobrenatural y la fe cierran todo posible debate. En cambio, la democracia pretende dar a cada uno la posibilidad de dar libremente un sentido a su propia vida.
La condición mínima para que una sociedad sea democrática es el reconocimiento de la libertad de expresión y el respeto a las opiniones ajenas. ¿Gozan de esta libertad los ateos en España? Recientemente, mientras el alcalde de Toledo -ciudad de un Estado aconfesional según la Constitución- consagraba el Ayuntamiento de la ciudad a la defensa del dogma de la Inmaculada Concepción de la Virgen, un encuentro de Ateos Españoles era considerado como “una mancha” para el buen nombre de esa ciudad.
Para tomar como ejemplo el caso francés, el primer artículo de su Constitución define el Estado como una república indivisible, laica, democrática y social. Y, según una ley de 1905, “la república asegura la libertad de conciencia y garantiza el libre ejercicio de los cultos”, al tiempo que “no reconoce, ni paga ni subvenciona culto alguno”. Lo que significa que la religión es una institución que goza de plena libertad en cuanto a su funcionamiento interno. Sus principios, creencias y leyes jamás serán combatidos, pero la libertad de conciencia, tal como la libertad de culto, forma parte de las libertades públicas garantizadas por el Estado. De ello nace la institución del Estado civil. En realidad siempre se ha considerado implícitamente que la laicidad es la garantía de los derechos humanos o, por lo menos, que es el marco legislativo neutro más propicio para la aplicación de estos derechos.
España alberga hoy una multitud de confesiones o convicciones diferentes, entre las cuales la protestante y la musulmana reúnen ya tres millones de personas, a las que habría que añadir budistas, judíos, no creyentes y ateos. Dicho sea de paso, el ateísmo está considerado aquí más bien como “ausencia de convicción”.
La Constitución de 1978 (10.2) se refiere explícitamente a la Declaración Universal de los Derechos Humanos en todos sus extremos y, en particular, a la referencia a la Declaración de 1948 sobre la libertad de conciencia que vale la pena citar: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”. En 1981, Naciones Unidas juzgó oportuno volver al asunto: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión”. ¿Puede progresarse hacia el respeto de estos valores sin la laicidad?
La Constitución española es aconfesional y ofrece un espacio neutro para todos. Entonces, ¿dónde está el problema?, ¿cuál es la excepción española comparada con la mayor parte de las democracias laicas occidentales? Es la financiación, no generosa sino pródiga, de la Iglesia católica por el Estado, entre exenciones fiscales, ayudas económicas y subvenciones a los centros escolares concertados. Es el que toda alusión a la laicidad sea considerada blasfema.
El problema -la excepción- es también el que las altas autoridades de la Iglesia católica se pronuncien políticamente sobre las decisiones gubernamentales y den consignas de voto. Es el que los obispos bajen a la calle para manifestarse políticamente contra un Gobierno elegido democráticamente por la mayoría de los ciudadanos. Es el que escuelas construidas para ser públicas se conviertan por arte de magia en escuelas privadas o concertadas. Es el que los presidentes de Gobierno y los ministros de este Estado aconfesional juren o prometan el acatamiento a la Constitución ante la Biblia y un crucifijo.
Y también es el que la Conferencia Episcopal financie -¿con el dinero del Estado?- y apruebe los planteamientos casi golpistas de una radio nacional, portavoz de una ultraderecha que cabalga alegremente sobre el lema de que España se rompe, y practica una estrategia de la tensión en lugar de lo que debería ser el papel de una iglesia: ayudar al consenso.
Y así, cuando la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, anuncia la intención gubernamental de revisar la Ley de Libertad Religiosa durante la actual legislatura, la reacción de ciertos comentaristas especializados en la deformación y el insulto en una radio que en Gran Bretaña “llevarían a los tribunales y tendría difícil defensa”, según Paul Preston, sea la de deducir, sin vergüenza, que “excluir las convicciones religiosas del ámbito público es como mutilar la condición humana“.
Tranquilos, no es para tanto. Por una parte, uno puede preguntarse con qué derecho las iglesias -en este caso, la católica- se erigen en los únicos defensores de la condición humana. Y, por otra parte, no parece que la condición humana haya sufrido mucho históricamente al pasar de la ciega obediencia a los d
iktats, abusivamente cambiantes, de la denominada “ley de Dios”, al libre ejercicio de la conciencia.
En todo caso, no es respetando lo que también podría llamarse “costumbres” como una sociedad democrática puede hacer frente con pleno derecho a los fundamentalismos de todo signo que constituyen uno de los problemas importantes de nuestro tiempo.
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